{"id":1709,"date":"2021-06-24T14:43:46","date_gmt":"2021-06-24T14:43:46","guid":{"rendered":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/?p=1709"},"modified":"2021-06-24T14:45:06","modified_gmt":"2021-06-24T14:45:06","slug":"analisis-del-informe-de-onsc","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/2021\/06\/24\/analisis-del-informe-de-onsc\/","title":{"rendered":"An\u00e1lisis del informe de ONSC"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image\"><a href=\"https:\/\/www.cofe.org.uy\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Copia-de-Rojo-Gris-Estudio-Baile-Post-Cabecera-Banner-LinkedIn10.png\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.cofe.org.uy\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Copia-de-Rojo-Gris-Estudio-Baile-Post-Cabecera-Banner-LinkedIn10.png\" alt=\"An\u00e1lisis del informe de ONSC\" title=\"An\u00e1lisis del informe de ONSC\"\/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>LICENCIAS MEDICAS EN EL PERIODO 2016-2020<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El informe elaborado por ONSC sobre el uso de las licencias m\u00e9dicas en el sector p\u00fablico surge del relevamiento realizado por Servicio Civil en los Organismos P\u00fablicos en los meses de abril y mayo de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>COFE no tuvo acceso previamente al contenido del relevamiento. Tampoco los datos obtenidos y la presentaci\u00f3n de los mismos fueron conocidos por nuestra Organizaci\u00f3n previo a que el informe fuera culminado y presentado.<\/p>\n\n\n\n<p>El informe presenta los datos para tres grupos de Organismos P\u00fablicos: Administraci\u00f3n Central, Organismos del art\u00edculo 220 de la Constituci\u00f3n y Organismos del art\u00edculo 221 de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En el presente an\u00e1lisis vamos a focalizarnos en la informaci\u00f3n vinculada a la Administraci\u00f3n Central, es decir, Presidencia de la Rep\u00fablica y todos los Ministerios.<\/p>\n\n\n\n<p>Los datos que se presentan en el informe de ONSC refieren a: cantidad de funcionarios certificados por a\u00f1o, porcentaje de funcionarios sobre el total, cantidad de d\u00edas de certificaci\u00f3n medica en el a\u00f1o, promedio de d\u00edas de certificaci\u00f3n sobre los funcionarios certificados y sobre el total de funcionarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre los datos del Ministerio de Defensa el informe de ONSC incluye \u00fanicamente a los trabajadores de la Unidad Ejecutora 001, Direcci\u00f3n General de Secretaria, no se presentan los datos para el personal militar y el resto de las unidades ejecutoras del Inciso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>An\u00e1lisis de los datos para la Administraci\u00f3n Central<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>De los cuadros presentados, uno de los datos que m\u00e1s llama la atenci\u00f3n es la evoluci\u00f3n de las certificaciones m\u00e9dicas en el Ministerio del Interior respecto al resto de la Administraci\u00f3n Central.<\/p>\n\n\n\n<p>En lo referente a la cantidad de v\u00ednculos relevados para el an\u00e1lisis, considerando los Organismos que presentaron informaci\u00f3n, los funcionarios del Ministerio del Interior representan m\u00e1s del 75 % del total de d\u00edas certificados en la Administraci\u00f3n Central.<\/p>\n\n\n\n<p>Se dio en los \u00faltimos 5 a\u00f1os un crecimiento sostenido de las certificaciones en ese Inciso.<\/p>\n\n\n\n<p>Como se presenta en el cuadro 1, las certificaciones m\u00e9dicas en el Ministerio del Interior pasan de 147.890 en el a\u00f1o 2016 a 668.432 en el a\u00f1o 2020, lo que representa un crecimiento de m\u00e1s de un 350 %. Durante ese mismo per\u00edodo la cantidad de funcionarios de ese Ministerio se mantuvo estable, no existiendo incrementos de personal que pudieran explicar este aumento de las certificaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, en el resto de la Administraci\u00f3n Central la cantidad de certificaciones se mantuvo estable, pasando de 178.304 certificaciones en 2016 a 215.087 en el a\u00f1o 2020, lo que implica un incremento del 20 %, lo cual no representa un cambio abrupto ni significativo en el uso de las licencias m\u00e9dicas.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.cofe.org.uy\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Copia-de-Copia-de-Sin-titulo-1024x474.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-18911\"\/><figcaption><em>Fuente. Sistemas de certificaci\u00f3n m\u00e9dica actual y licencias m\u00e9dicas en el periodo 2016-2020, ONSC, Mayo 2021<\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p>Una situaci\u00f3n similar surge de los datos referidos al total de funcionarios certificados en los \u00faltimos 5 a\u00f1os, lo que se presenta en el Cuadro 2.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.cofe.org.uy\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Copia-de-Copia-de-Sin-titulo1-1024x474.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-18912\"\/><figcaption><em>Fuente. Sistemas de certificaci\u00f3n m\u00e9dica actual y Licencias m\u00e9dicas en el periodo 2016-2020, ONSC, Mayo 2021.<\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p>En el caso del Ministerio del Interior, surge un aumento significativo de la cantidad de trabajadores certificados. En el a\u00f1o 2016 eran 7.132 trabajadores, mientras que en el a\u00f1o 2020 fue de 15.201 funcionarios, representando un aumento de m\u00e1s de 113 %.<\/p>\n\n\n\n<p>Una situaci\u00f3n contraria se da en el resto de los Organismos de la Administraci\u00f3n Central, mientras que los trabajadores certificados en 2016 fueron 7251, en el a\u00f1o 2020 la cifra tiene una leve baja registr\u00e1ndose 7085 trabajadores certificados durante el a\u00f1o, lo que representa una ca\u00edda de 2, 3 %.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando por otra parte se consideran la totalidad de d\u00edas certificados sobre el total de v\u00ednculos laborales, surge que no existieron cambios significativos en las Administraci\u00f3n Central, excepto cuando se analiza espec\u00edficamente el Ministerio del Interior. (Cuadro 3)<\/p>\n\n\n\n<p>En el Ministerio del Interior, la cantidad de d\u00edas certificados sobre el total de v\u00ednculos laborales en 2016 fue de 4,7 mientras que en 2020 de 19.7 d\u00edas, lo que representa un aumento de m\u00e1s de 320 %.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo para el resto de la Administraci\u00f3n Central en 2016 el total de d\u00edas certificados sobre el total de v\u00ednculos era de 8 d\u00edas, pasando a 10,3 d\u00edas en 2020.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.cofe.org.uy\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Copia-de-Copia-de-Sin-titulo2-1-1024x474.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-18918\"\/><figcaption><em>Fuente. Elaborado en base a los datos que surgen del informe Sistemas de certificaci\u00f3n m\u00e9dica actual y Licencias m\u00e9dicas en el periodo 2016-2020, ONSC, Mayo 2021<\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p>Otro indicador que se puede construir sobre la base de la informaci\u00f3n que surge del informe elaborado por Servicio Civil refiere al porcentaje total de d\u00edas certificados sobre el total de d\u00edas trabajados, para lo cual consideramos el mes de 30 d\u00edas, de lo cual surge el siguiente cuadro.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.cofe.org.uy\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Copia-de-Sin-titulo2-1-1024x237.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-18919\"\/><figcaption><em>Fuente. Elaborado en base a los datos que surgen del Informe Sistemas de certificaci\u00f3n m\u00e9dica actual y Licencias m\u00e9dicas en el periodo 2016-2020, ONSC, Mayo 2021<\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p>De estos datos surge que para la Administraci\u00f3n Central, sin considerar el Ministerio del Interior, los d\u00edas totales de certificaci\u00f3n medica en el total del a\u00f1o representan menos del 3 %, pasando de 2.2 % en 2016 a 2.9 % en 2020. En el Ministerio del Interior se produce un incremento significativo, de un 1,3 % en 2016 a 5,5 % en 2020, lo que representa un aumento de 323 %.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Referencias con el sector privado.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Si bien no contamos con datos para poder realizar una comparaci\u00f3n referida al mismo per\u00edodo de an\u00e1lisis, si podemos considerar los datos que surgen del informe \u201cEstudio sobre el subsidio por enfermedad en el Uruguay\u201d, elaborado por los economistas Andres Dean y Veronica Amarante, para la CEPAL, presentado en 2017 y que refiere al uso del subsidio de enfermedad en el sector privado.<\/p>\n\n\n\n<p>Un dato a tener como referencia que surge de este an\u00e1lisis son los d\u00edas promedio de subsidio por enfermedad pagado sobre el total de cotizantes, que para el a\u00f1o 2015 cuando culmin\u00f3 el an\u00e1lisis, fue superior a 7 d\u00edas. No se considera para determinar este el indicador los tres d\u00edas in\u00edciales de la licencia m\u00e9dica que en el sector privado no se percibe salario as\u00ed como tampoco se consideran las licencias medicas de hasta 3 d\u00edas dado que no generan ning\u00fan pago de subsidio por enfermedad.<\/p>\n\n\n\n<p>En lo referente a la cantidad de d\u00edas de duraci\u00f3n promedio del subsidio por enfermedad, del an\u00e1lisis realizado en el informe CEPAL, surge que en 2015 los d\u00edas promedio de subsidio en el sector privado eran de aproximadamente 40 d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>Del relevamiento realizado en el Informe de ONSC ya mencionado, surge que en la Administraci\u00f3n Central, sin incluir al Ministerio del interior, la cantidad de d\u00edas promedio anual de licencia m\u00e9dica sobre el total de funcionarios certificados, fue de 24,6 d\u00edas en el a\u00f1o 2015 y de 30,4 d\u00edas en 2020, no mostrando una variaci\u00f3n importante durante el periodo. En el caso del Ministerio del Interior, al igual que se ha expresado anteriormente, hay un aumento significativo de la cantidad de d\u00edas promedio, pasando de 20,7 en 2016 a 44 en 2020, mostrando un incremento de 112 % (Cuadro 5).<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.cofe.org.uy\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Copia-de-Copia-de-Sin-titulo3-2-1024x474.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-18920\"\/><figcaption><em>Fuente. Elaborado en base a los datos que surgen del informe Sistemas de certificaci\u00f3n m\u00e9dica actual y Licencias m\u00e9dicas<br>en el periodo 2016-2020, ONSC, Mayo 2021<\/em><\/figcaption><\/figure>\n\n\n\n<p>Respecto a la cantidad de d\u00edas de certificaci\u00f3n promedio anual sobre el total de v\u00ednculos, en la Administraci\u00f3n Central sin considerar el Ministerio del Interior, no se registrar\u00edan variaciones significativas respecto a lo que sucede en el sector privado.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras que en 2015, en el sector privado los d\u00edas certificados pagos de subsidio por enfermedad considerando el total de cotizantes era de 7 d\u00edas, sin considerar la licencia m\u00e9dica correspondiente a los primeros tres d\u00edas, en el a\u00f1o 2016 en la Administraci\u00f3n Central sin Ministerio del Interior, el total de d\u00edas certificados sobre el total de v\u00ednculos era de 8 d\u00edas, siendo 10,3 d\u00edas en el a\u00f1o 2020.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>El gobierno recauda cuando los trabajadores se enferman<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Este proyecto se enmarca en la l\u00f3gica general del gobierno de reducir lo que ellos llaman el \u201ccosto del Estado\u201d para reducir el d\u00e9ficit fiscal, bajar los impuestos al capital y mantener el grado inversor.<\/p>\n\n\n\n<p>En esa l\u00f3gica se redujo el salario real de los trabajadores p\u00fablicos, se redujo el n\u00famero de contratados, no se cubrieron las vacantes y se aplican pol\u00edticas de recorte en todo el Estado, afectando la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos.<\/p>\n\n\n\n<p>Con ese mismo enfoque pretende bajar el monto de las retribuciones totales \u201ccobrando un impuesto\u201d a los que se enferman. En efecto, al que est\u00e1 enfermo, le van a descontar y van a quedar en las arcas del Estado (como si fuera la recaudaci\u00f3n de un impuesto) el 100% del salario de los tres primeros d\u00edas y el 25% de los restantes d\u00edas que padezca una enfermedad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>En resumen<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Del total de certificaciones m\u00e9dicas en la Administraci\u00f3n Central, en el a\u00f1o 2020, m\u00e1s del 75 % corresponden a certificaciones en el Ministerio del Interior, donde se ha producido un aumento significativo en las licencias m\u00e9dicas en los \u00faltimos 5 a\u00f1os que no est\u00e1 asociado a un aumento de la cantidad de trabajadores de ese Inciso, los cuales se han mantenido estables en los \u00faltimos 5 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, en el resto de la Administraci\u00f3n Central, no se visualizan cambios significativos en el uso de licencias m\u00e9dicas, sino que el comportamiento se mantiene estable en los \u00faltimos a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>A su vez, si bien no se realiza un an\u00e1lisis comparativo con el sector privado dado que al momento no contamos con informaci\u00f3n comparable para el mismo per\u00edodo de tiempo, los datos que existen anteriores al 2016 permiten suponer que no existen diferencias significativas en el uso de certificaciones m\u00e9dicas tanto relativo al periodo promedio de d\u00edas de certificaci\u00f3n en el a\u00f1o respecto a quienes se certificaron, as\u00ed como tampoco respecto al total de cotizantes.<\/p>\n\n\n\n<p>Claramente el objetivo del Gobierno es reducir el gasto, recortando derechos y aplicando descuentos salariales cuando el trabajador padece una enfermedad, en momentos cuando \u00e9l y su familia necesitan el mayor apoyo posible.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PROPUESTAS DE COFE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Previo a discutir cualquier tipo de propuesta que recorte derechos, recorte salarios, perjudique al funcionario y afecte bruscamente las condiciones de trabajo necesariamente deben recorrerse caminos que hasta el momento no se han recorrido.<\/p>\n\n\n\n<p>Se ha manifestado p\u00fablicamente por diversos actores del gobierno que el cambio de r\u00e9gimen de licencias medicas tiene el objetivo de corregir \u201cabusos\u201d de los funcionarios al usufructuar las licencias m\u00e9dicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Nuestra Organizaci\u00f3n comparte el punto de vista del Poder Ejecutivo en orden a que debe ponerse coto a las irregularidades en torno a las licencias m\u00e9dicas que se obtienen falseando la realidad, pero sin menguar los derechos de quienes s\u00ed, efectivamente, enferman, a quienes se les deben preservar los derechos adquiridos al amparo de la normatividad anterior, sin que exista por tanto en estos casos descuentos salariales de ning\u00fan tipo producto de su certificaci\u00f3n m\u00e9dica. Todo lo que pueda incluir un r\u00e9gimen de certificaciones m\u00e9dicas en cuanto a la acreditaci\u00f3n del estado de salud del trabajador debe cuidar de aplicar severamente el sistema de responsabilidades a quien falsea la realidad y proteger, a quien hace uso en forma honesta de dicho sistema y efectivamente se enferma.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Tripartita sectorial y Bipartitas de salud en los Organismos, Decreto 291\/07<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Decreto 291\/07 en su art\u00edculo 12, crea la Comisi\u00f3n Tripartita Sectorial, \u201c<em>para la formulaci\u00f3n, puesta en pr\u00e1ctica, examen evaluatorio y peri\u00f3dico, de una pol\u00edtica nacional y sus medios de aplicaci\u00f3n en materia de salud, seguridad y medio ambiente laboral.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Claramente el cambio establecido en el art\u00edculo 30 de la Ley 19.924 o cualquier propuesta de modificaci\u00f3n a un r\u00e9gimen de licencias m\u00e9dicas que afecte a decenas de miles de trabajadores, en este caso en el sector p\u00fablico, requiere la intervenci\u00f3n de estas instancias de intercambio y negociaci\u00f3n ya existentes.<\/p>\n\n\n\n<p>En ning\u00fan momento se formul\u00f3, tan siquiera, una consulta ni se solicito la intervenci\u00f3n de esta comisi\u00f3n, la que da cumplimiento a disposiciones vigentes a nivel internacional como es el convenio 155 de la Organizaci\u00f3n Internacional de Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Los art\u00edculos 6 a 11 del referido Decreto se refieren al funcionamiento de las bipartitas de salud laboral y seguridad en el trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Necesariamente avanzar en cualquier cambio en el sistema vigente requiere que las bipartitas de cada Organismo intervengan tambi\u00e9n en el relevamiento de datos, la sistematizaci\u00f3n de los mismos as\u00ed como en sugerir medidas especificas que puedan permitir corregir determinadas situaciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Funcionamiento de los servicios de salud y prevenci\u00f3n en el trabajo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Decreto 127\/014 dando cumplimiento al Convenio 161 de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo, dispuso la instrumentaci\u00f3n de los servicios de prevenci\u00f3n y salud en el trabajo. Defini\u00f3 plazos para su concreci\u00f3n los cuales a la fecha ya est\u00e1n cumplidos.<\/p>\n\n\n\n<p>Estos servicios, son los especializados en cada lugar de trabajo a los efectos de poder relevar informaci\u00f3n espec\u00edfica y que es de inter\u00e9s de forma de poder realizar un an\u00e1lisis serio y profundo sobre cualquier modificaci\u00f3n en cuanto al r\u00e9gimen de licencias m\u00e9dicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Deber\u00eda ser prioridad para el gobierno instrumentar estos servicios en los Organismos en los cuales los mismos no existen, considerando tambi\u00e9n la situaci\u00f3n sanitaria producto de la pandemia de COVID 19.<\/p>\n\n\n\n<p>El Decreto mencionado, establece en su art\u00edculo 4, que estos servicios deben asegurar la:<\/p>\n\n\n\n<p>\u201c<em>identificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los riesgos que puedan afectar la salud en el lugar de trabajo\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Aplicaci\u00f3n de medidas graduales previo a modificar el r\u00e9gimen de licencias m\u00e9dicas.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de lo expresado anteriormente, el Estado debe adoptar medidas previas a aplicar un r\u00e9gimen de licencias m\u00e9dicas al barrer que produzca descuentos salariales ante el uso de licencia m\u00e9dica.<\/p>\n\n\n\n<p>Dentro de estas medidas proponemos, entre otras:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>El env\u00edo de informaci\u00f3n de los Organismos P\u00fablicos al BPS sobre las certificaciones m\u00e9dicas de los funcionarios, de forma de contar con informaci\u00f3n centralizada que permita luego sistematizar, evaluar y adoptar medidas al respecto.<\/li><li>Cruzamiento de datos con el sector privado de forma que quien solicite licencia m\u00e9dica en el sector publico tambi\u00e9n lo haga en el sector privado y viceversa, siempre que corresponda;<\/li><li>Certificaci\u00f3n m\u00e9dica a cargo del prestador de salud del funcionario o del servicio m\u00e9dico certificador del Organismo.<\/li><li>Aplicaci\u00f3n de medidas disciplinarias severas, como la destituci\u00f3n, para quien abusa y falsea la realidad;<\/li><li>Seguimiento y cumplimiento estricto de las disposiciones establecidas que tengan el objetivo de corregir conductas y controlar la aplicaci\u00f3n adecuada del sistema de licencias m\u00e9dicas vigente.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>En Resumen<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Entendemos necesario que previo a adoptar medidas sobre el r\u00e9gimen de licencias m\u00e9dicas vigente en el sector p\u00fablico se debe:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Hacer efectiva la intervenci\u00f3n de las instancias especializadas previstas en el Decreto 291\/007 (Tripartita sectorial y bipartita en cada Inciso y Organismo), creadas en el marco del Convenio 155 de la OIT.<\/li><li>Dar cumplimiento al asesoramiento de los Servicios de Prevenci\u00f3n y Salud previsto en el Decreto 127\/014, creadas en el marco del Convenio 161 de la OIT. Hacemos responsable a la Administraci\u00f3n por el incumplimiento de las disposiciones que regulan los Servicios de Prevenci\u00f3n y Salud en el Trabajo que no se hicieron efectivos en sus Organismos.<\/li><li>Aplicar medidas que mejoren los procesos de control, seguimiento, certificaci\u00f3n, auditoria, cruzamiento de datos vinculados a las licencias medicas. Luego de definir estas medidas, establecer un plazo de un a\u00f1o, para realizar una evaluaci\u00f3n sobre la efectividad de las mismas.<\/li><li>Concomitantemente aplazar la instrumentaci\u00f3n de descuentos salariales asociados al uso de las licencias m\u00e9dicas hasta tanto no se realice la evaluaci\u00f3n prevista en el punto anterior<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>Entendemos que lo expresado anteriormente, recoge con seriedad y profundidad el estudio de cambios en el r\u00e9gimen de licencias m\u00e9dicas, recorriendo los caminos dispuestos en la normativa legal e internacional vigente, en un tema tan sentido por el conjunto de los trabajadores p\u00fablicos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Consejo Directivo de COFE \u2013 23 de junio de 2021<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LICENCIAS MEDICAS EN EL PERIODO 2016-2020 El informe elaborado por ONSC sobre el uso de las licencias m\u00e9dicas en el sector p\u00fablico surge del relevamiento realizado por Servicio Civil en&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1711,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-1709","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1709","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1709"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1709\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1710,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1709\/revisions\/1710"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1711"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1709"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1709"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1709"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}