{"id":1938,"date":"2021-07-14T15:47:51","date_gmt":"2021-07-14T15:47:51","guid":{"rendered":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/?p=1938"},"modified":"2021-07-14T15:48:28","modified_gmt":"2021-07-14T15:48:28","slug":"comunicado-13-7-sobre-rendicion-de-cuentas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/2021\/07\/14\/comunicado-13-7-sobre-rendicion-de-cuentas\/","title":{"rendered":"Comunicado 13\/7 sobre rendici\u00f3n de cuentas"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"922\" height=\"558\" src=\"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2021\/07\/3.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-1939\" srcset=\"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2021\/07\/3.png 922w, https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2021\/07\/3-300x182.png 300w, https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2021\/07\/3-768x465.png 768w\" sizes=\"(max-width: 922px) 100vw, 922px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Ante el Proyecto de Ley de Rendici\u00f3n de Cuentas que se encuentra a consideraci\u00f3n del Parlamento, la Confederaci\u00f3n de Organizaciones de Funcionarios del Estado manifiesta:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\"><li>Al igual que en el a\u00f1o 2020, nuevamente el gobierno incumple con la Ley 18.508 de Negociaci\u00f3n Colectiva en el Sector P\u00fablico. Ninguno de los art\u00edculos incorporados en el Proyecto de Ley fue materia de negociaci\u00f3n ni fue conocido por COFE hasta que el mismo no ingres\u00f3 al Parlamento. Solicitamos en reiteradas oportunidades informaci\u00f3n sobre el contenido del Proyecto pero no recibimos ninguna respuesta.<\/li><li>En el Proyecto no se incluye ninguna referencia a la recuperaci\u00f3n del salario perdido en 2021. La rebaja salarial para los funcionarios fue de un 5 % en enero pasado y se profundiza a lo largo de los meses. No existen al momento instancias de negociaci\u00f3n sobre el ajuste de salario del a\u00f1o pr\u00f3ximo, por lo que el mismo puede implicar una nueva rebaja salarial.<\/li><li>Rechazamos que el gobierno contin\u00fae rebajando los salarios y exigimos comenzar a recuperar el salario perdido.<\/li><li>Muchas de las medidas incluidas en la Rendici\u00f3n de Cuentas tienen el objetivo de:<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>A. Flexibilizar los v\u00ednculos laborales en el Estado (art\u00edculo 5): a trav\u00e9s de la creaci\u00f3n del contrato de funci\u00f3n p\u00fablica, flexibilizando y precarizando el v\u00ednculo laboral, el plazo y el salario, buscando de esta forma sustituir el llamado a concurso de cargos vacantes por la designaci\u00f3n mediante esta modalidad contractual.<\/p>\n\n\n\n<p>B. Aumentar el salario a cargos de confianza (art\u00edculo 7): Los Directores Generales de Secretar\u00eda pueden designar como adscriptos a un funcionario, en el caso del MSP, MEC, MIDES y MEF hasta dos funcionarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora estos adscriptos ver\u00e1n incrementados sus salarios en algunos casos en casi un 100 % pasando a percibir un ingreso de $171.960. No solo eso, sino que aumenta la discrecionalidad, dado que el adscripto ahora puede ser tambi\u00e9n un funcionario p\u00fablico que haya pasado en comisi\u00f3n al Inciso. Por tanto, no solo se destinan fondos p\u00fablicos a aumentar el salario de unos pocos, sino que se ampl\u00eda el universo de funcionarios que puede ser designado a dedo para ocupar estos cargos.<\/p>\n\n\n\n<p>C. Eliminar garant\u00edas para la regularizaci\u00f3n de cargos (art\u00edculo 9): Si bien valoramos positivamente que se reduzca el plazo de provisoriato de 15 a 12 meses, por otro lado reduce garant\u00edas en el proceso de presupuestaci\u00f3n. Se elimina el tribunal de evaluaci\u00f3n para la regularizaci\u00f3n de los funcionarios cuando se pasa del r\u00e9gimen de provisoriato a ocupar el cargo presupuestado; en ese tribunal adem\u00e1s actuaba un veedor de COFE quien velaba por el cumplimiento del debido proceso y de la normativa vigente durante las evaluaciones. Ahora depender\u00e1 \u00fanicamente de la evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o y la decisi\u00f3n del supervisor directo. Esta disposici\u00f3n atenta contra las garant\u00edas del funcionario, fomentando la falta de transparencia y el amiguismo al momento de procesar las regularizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>D. Bajar el gasto a costa de la salud del trabajador (art\u00edculo 13): Este art\u00edculo prev\u00e9 una nueva causal de destituci\u00f3n. El trabajador que est\u00e9 sufriendo problemas graves de salud, pero que la Junta M\u00e9dica de ASSE entienda que puede rehabilitarse, recuperarse o lograr estabilidad y neutralizar el avance de la enfermedad, ser\u00e1 destituido por ineptitud si su licencia por enfermedad es de dos a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata de trabajadores que se encuentran luchando contra enfermedades complejas, cuyo tratamiento y recuperaci\u00f3n son prolongados, pero que el desenlace puede ser la mejora en la salud o evitar la progresividad de la enfermedad. Es el caso de enfermedades oncol\u00f3gicas con tratamientos prolongados, enfermedades autoinmunes que pueden ser estabilizadas con el tratamiento adecuado, insuficiencia pulmonar cr\u00f3nica, enfermedades cardiovasculares y cerebrovasculares, etc. Tambi\u00e9n debe tenerse presente la incertidumbre que genera el COVID 19 y sus efectos secundarios en otras enfermedades.<\/p>\n\n\n\n<p>Es tan perjudicial el art\u00edculo, que ni siquiera el jerarca del Organismo debe preocuparse en ofrecer al funcionario un puesto de trabajo acorde a su problema de salud, ni ofrecer alternativas como el trabajo a distancia ni otras que puedan surgir que permitan que el trabajador cumpla su tarea.<\/p>\n\n\n\n<p>Tampoco el art\u00edculo hace referencia a la Comisi\u00f3n Nacional de Servicio Civil, integrada por 5 miembros de los cuales uno act\u00faa en representaci\u00f3n de COFE y que de acuerdo al art\u00edculo 7 de la Ley 17.757, debe pronunciarse preceptivamente sobre la destituci\u00f3n de funcionarios.<\/p>\n\n\n\n<p>E. Maximizar las ganancias de la banca privada (art\u00edculo 281): Las instituciones p\u00fablicas podr\u00e1n si el art\u00edculo se aprueba, depositar sus fondos en cualquier banco habilitado en plaza, cuando a la fecha solo pueden depositarlo en instituciones financieras p\u00fablicas, salvo excepciones debidamente fundamentadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Este cambio tiene el claro objetivo de aumentar las ganancias del sector privado en detrimento de los bancos p\u00fablicos. Nos preguntamos, cuanto m\u00e1s profunda hubiera sido la crisis de 2002 sin los bancos p\u00fablicos, cuando la banca privada prioriz\u00f3 decisiones especulativas y de alto riesgo para maximizar sus ganancias.<\/p>\n\n\n\n<p>F. Eliminar las conminaciones econ\u00f3micas contra el Estado (art\u00edculos 295 y 296): En los hechos la eliminaci\u00f3n de la potestad del Poder Judicial de imponer conminaciones econ\u00f3micas al Estado frente al incumplimiento de una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada implica reducir la funci\u00f3n jurisdiccional a juzgar, sin poder ejecutar lo juzgado. Eliminar las astreintes contra el Estado deja librada a la voluntad de la parte condenada el cumplimiento de la sentencia de condena, sea esta la obligaci\u00f3n de suministrar un medicamento de alto costo, una vivienda o cumplir con el pago de obligaciones salariales o indemnizatorias pendientes.<\/p>\n\n\n\n<p>La modificaci\u00f3n propuesta es Inconstitucional, la eliminaci\u00f3n de la posibilidad de imponer astreintes contra personas p\u00fablicas es una diferenciaci\u00f3n sin justificaci\u00f3n razonable, que establece un privilegio a favor del Estado, viol\u00e1ndose el tratamiento igualitario ante la Ley, lo que resulta inaceptable en un Estado de Derecho, donde el Estado es responsable de sus actos por acci\u00f3n u omisi\u00f3n (art\u00edculo 24 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica) y no puede sustraerse de la autoridad judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>PROPUESTAS DE COFE SOBRE LICENCIAS M\u00c9DICAS:<\/p>\n\n\n\n<p>Planteamos se adopten las siguientes medidas:<br>\u2022 Exigencia estricta del cumplimiento de los plazos definidos por Ley para la convocatoria de las Juntas M\u00e9dicas, estableciendo sanciones para los jerarcas que no cumplan con los procedimientos establecidos.<br>\u2022 Aplicaci\u00f3n de medidas disciplinarias severas, como la destituci\u00f3n, para quien abusa y falsea la realidad.<br>\u2022 Cruzamiento de datos obligatorio con el sector privado de forma que quien haga uso de la licencia m\u00e9dica en el sector p\u00fablico tambi\u00e9n lo haga en el sector privado y viceversa, siempre que corresponda.<br>\u2022 Contar con informaci\u00f3n centralizada que permita luego sistematizar, evaluar y adoptar medidas al respecto.<br>\u2022 Certificaci\u00f3n m\u00e9dica a cargo del prestador de salud del funcionario.<br>\u2022 Que el prestador de salud informe que m\u00e9dico realiza la certificaci\u00f3n, no pudiendo ser el Director T\u00e9cnico sino el m\u00e9dico que efectivamente emiti\u00f3 el certificado.<br>\u2022 Establecer responsabilidades claras sobre la emisi\u00f3n del certificado m\u00e9dico y que el mismo refleje la situaci\u00f3n de salud del funcionario.<br>\u2022 Seguimiento de la situaci\u00f3n de salud del trabajador, realizando auditor\u00edas y controles sobre el uso de la licencia m\u00e9dica.<\/p>\n\n\n\n<p>Debe ponerse coto a las irregularidades en torno a las licencias m\u00e9dicas que se obtienen falseando la realidad, pero sin menguar los derechos de quienes s\u00ed, efectivamente, enferman, a quienes se les deben preservar los derechos adquiridos al amparo de la normatividad anterior. Todo lo que pueda incluir un r\u00e9gimen de certificaciones m\u00e9dicas en cuanto a la acreditaci\u00f3n del estado de salud del trabajador debe cuidar de aplicar severamente el sistema de responsabilidades a quien falsea la realidad y proteger a quien hace uso en forma honesta de dicho sistema y efectivamente se enferma.<\/p>\n\n\n\n<p>En resumen, el Proyecto de Ley de Rendici\u00f3n de Cuentas contiene una series de medidas que tienen el objetivo de profundizar el ajuste fiscal del Gobierno y que se suman a las medidas ya tomadas: rebaja salarial masiva tanto en el sector p\u00fablico como privado, rebaja de jubilaciones y pensiones, recorte de derechos, supresi\u00f3n de puestos de trabajo, no llenado de vacantes, eliminaci\u00f3n de cargos y cese de contratos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante el Proyecto de Ley de Rendici\u00f3n de Cuentas que se encuentra a consideraci\u00f3n del Parlamento, la Confederaci\u00f3n de Organizaciones de Funcionarios del Estado manifiesta: Al igual que en el&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1939,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-1938","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1938","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1938"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1938\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1940,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1938\/revisions\/1940"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1939"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1938"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1938"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1938"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}