{"id":6579,"date":"2023-02-22T15:51:23","date_gmt":"2023-02-22T15:51:23","guid":{"rendered":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/?p=6579"},"modified":"2023-02-22T15:51:23","modified_gmt":"2023-02-22T15:51:23","slug":"piden-procesamiento-de-6-militares-por-desaparicion-de-juan-manuel-brieba","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/2023\/02\/22\/piden-procesamiento-de-6-militares-por-desaparicion-de-juan-manuel-brieba\/","title":{"rendered":"Piden procesamiento de 6 militares por desaparici\u00f3n de Juan Manuel Brieba"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/2-9-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-6580\" srcset=\"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/2-9-1024x683.jpg 1024w, https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/2-9-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/2-9-768x512.jpg 768w, https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2023\/02\/2-9.jpg 1200w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan inform\u00f3 este viernes el periodista Gabriel Mazzarovich, falta solo una audiencia donde declare uno de los seis imputados para lograr justicia para el trabajador de EL POPULAR y militante del PCU desaparecido por la dictadura en 1975.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo a la cr\u00f3nica del periodista publicada hoy el citado semanario,\u00bb la Fiscal\u00eda Especializada en Cr\u00edmenes de Lesa Humanidad pidi\u00f3 el procesamiento de 6 militares por el secuestro, tortura y asesinato de Juan Manuel Brieba, resistente clandestino a la dictadura fascista, trabajador del diario EL POPULAR y militante del Partido Comunista de Uruguay (PCU). Solo resta la realizaci\u00f3n de una audiencia con uno de los imputados y luego la jueza Silvia Urioste, del Juzgado Penal 27 de 1\u00b0 Turno, deber\u00e1 pronunciarse. El pedido fiscal y las audiencias realizadas son un avance muy importante y se est\u00e1 muy cerca de la dilucidaci\u00f3n del caso\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Texto de la cr\u00f3nica<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El fiscal Ricardo Perciballe pidi\u00f3 \u201cel enjuiciamiento y prisi\u00f3n de Ernesto Avelino Ramas, Rudyard Scioscia, Omar Ra\u00fal Lacasa Antelo, Rubely Pereyra, Jos\u00e9 Luis Parisi Alegre y Antraning Ohannessian Ohannian, bajo la imputaci\u00f3n de \u201chomicidio muy especialmente agravado en calidad de co-autores (art\u00edculos 3, 18, 310 y 312 del C\u00f3digo Penal)\u201d, por el secuestro, tortura y asesinato de Juan Manuel Brieba.<\/p>\n\n\n\n<p>Como hemos informado en m\u00faltiples ocasiones el diario EL POPULAR fue objeto de atentados, asaltos, el m\u00e1s grave el 9 de julio de 1973, en plena Huelga General, por su posici\u00f3n en defensa de la libertad, contra el golpe y contra la dictadura. Todos sus trabajadores y trabajadoras fueron perseguidos, decenas encarcelados, otros obligados al exilio, Juan Manuel Brieba fue secuestrado torturado y permanece desaparecido y Norma Cedr\u00e9s muri\u00f3 en prisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Brieba fue detenido el 30 de octubre de 1975, junto con su madre, Elisa, en la humilde vivienda donde resid\u00edan en el barrio La Chimenea, cerca de Paso de la Arena. Brieba fue detenido en el marco de la \u201cOperaci\u00f3n Morgan\u201d, lanzada por la dictadura contra la resistencia y en particular contra el PCU y la UJC.<\/p>\n\n\n\n<p>Elisa Brieba fue liberada pocos d\u00edas despu\u00e9s, pero fue testigo de las torturas contra su hijo y otros compa\u00f1eros y compa\u00f1eras. Elisa brind\u00f3 su testimonio ante la Comisi\u00f3n Investigadora que se abri\u00f3 en el Parlamento tras la recuperaci\u00f3n de la democracia y present\u00f3 una denuncia ante la Justicia en 1985. A pesar de su valent\u00eda y constancia todo qued\u00f3 trancado tras la aprobaci\u00f3n en diciembre de 1986 de la Ley de Impunidad. En aplicaci\u00f3n de la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra Uruguay por el caso Gelman, el gobierno del Frente Amplio, encabezado por Jos\u00e9 Mujica, decret\u00f3 que se desarchivaran los casos que hab\u00edan quedado bloqueados por la Ley de Impunidad, entre ellos este. El caso se reabri\u00f3 y el Observatorio Luz Ibarburu del PIT-CNT es quien lo lleva adelante ante la Justicia. Los militares imputados son defendidos por abogados del Centro Militar.<\/p>\n\n\n\n<p>Casi 48 a\u00f1os despu\u00e9s de su secuestro y 38 a\u00f1os despu\u00e9s de la primera denuncia penal realizada por su madre, Brieba, Juan Manuel, est\u00e1 m\u00e1s cerca de que su martirio no quede en la impunidad.<\/p>\n\n\n\n<p>El pedido fiscal, firmado por Perciballe, y presentado el 21 de setiembre de 2022, tiene 15 carillas y comienza haciendo un documentado contexto hist\u00f3rico.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La dictadura y la represi\u00f3n contra el PCU<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>En el apartado subtitulado \u201cHechos\u201d se destaca que \u201cel 27 de junio de 1973 se produjo en el pa\u00eds un golpe de Estado de car\u00e1cter c\u00edvico militar\u201d y agrega que por el \u201cdecreto 1026\/1973 se ilegalizaron distintos partidos y\/o movimientos pol\u00edticos de izquierda\u201d, entre \u00e9stos \u201cel PCU, la UJC, organizaciones sociales, como la FEUU\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cA partir de tal ilegalizaci\u00f3n se persigui\u00f3 a todos los ciudadanos que intentaron resistir a la dictadura mediante la estructura que desde la clandestinidad dichas organizaciones se dieron\u201d, se\u00f1ala el escrito.<\/p>\n\n\n\n<p>El dictamen fiscal establece que para la represi\u00f3n \u201cse crearon o fortalecieron distintos organismos\u201d, entre los que destaca el Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA), el Servicio de Informaci\u00f3n de Defensa (SID), la Direcci\u00f3n Nacional de Informaci\u00f3n e Inteligencia (DNII), la Compa\u00f1\u00eda de Contrainformaci\u00f3n y el Cuerpo de Fusileros Navales (FUSNA).<\/p>\n\n\n\n<p>Se indica que \u201cinicialmente la represi\u00f3n contra el PCU y la UJC\u201d fue llevada adelante \u201cpor la Polic\u00eda en general e Inteligencia policial en particular\u201d. A partir de 1975 \u201cse desplego la Operaci\u00f3n Morgan\u201d. El dictamen fiscal la califica como \u201cun operativo masivo contra las principales figuras pol\u00edticas del PCU, que alcanz\u00f3 tambi\u00e9n a dirigentes y centenares de militantes de dicho partido\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Afirma que de la \u201cOperaci\u00f3n Morgan\u201d participaron \u201ctodas las fuerzas represivas del Estado, pero un eje estuvo en la actuaci\u00f3n del OCOA y el SID\u201d. Para este accionar represivo se utilizaron varios \u201ccentros clandestinos de represi\u00f3n\u201d, dice la Fiscal\u00eda e identifica a algunos: A) la casa ubicada en Rambla Rep\u00fablica de M\u00e9xico 5515, conocida como \u201c300 Carlos R\u201d o \u201cInfierno Chico\u201d, a cargo del SID. B) La ex C\u00e1rcel del Pueblo, en Juan Paullier 1192, del SID. C) El galp\u00f3n N\u00b04 del Servicio de Material y Armamento, conocido como \u201c300 Carlos\u201d o \u201cInfierno Grande\u201d, a cargo del OCOA.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La detenci\u00f3n de Brieba<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El dictamen fiscal indica que \u201cen ese contexto\u201d, el de la \u201cOperaci\u00f3n Morgan\u201d, el 30 de octubre de 1975, Juan Manuel Brieba es detenido en la casa que compart\u00eda con su madre, en Carlos de la Vega 5934. \u201cA las 14 horas, dos hombres armados y vestidos de particular\u201d, se presentaron en la vivienda, \u201cdetuvieron a ambos moradores, a la madre la apuntaron con un arma, comenzaron a interrogarla y cuando la llevaron adonde se encontraba su hijo, vio que le hab\u00edan atado los pies y las manos y lo pateaban\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cA la se\u00f1ora Brieba le vendaron los ojos y la llevaron a un lugar donde hab\u00eda otras personas detenidas, hombres y mujeres, de las que o\u00eda sus quejidos, as\u00ed como el llanto de una mujer. El d\u00eda 2 de noviembre fue trasladada a otro centro de detenci\u00f3n donde por debajo de la venda puesta en sus ojos pudo ver a su hijo \u201cm\u00e1s flaco y muy p\u00e1lido\u201d, contin\u00faa el escrito fiscal, que recoge estos datos del valiente testimonio realizado por Elisa Brieba ante el Parlamento y la Justicia en 1985.<\/p>\n\n\n\n<p>Elisa fue liberada el 4 de noviembre de 1975 y al retornar a su humilde hogar descubri\u00f3 que hab\u00eda sido \u201csaqueada y destrozada\u201d. Los vecinos fueron testigos que \u201cagentes del Estado sustrajeron los muebles\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Elisa busc\u00f3 a su hijo en dependencias militares y policiales, sin obtener ning\u00fan resultado. La dictadura y las fuerzas represivas negaron que Brieba estuviera detenido a pesar de que Elisa les refutaba que lo hab\u00edan llevado con ella y que lo hab\u00eda visto en un centro de detenci\u00f3n clandestino. El dictamen fiscal, como pista muy importante, establece que un amigo de Brieba acompa\u00f1\u00f3 a Elisa en la b\u00fasqueda, Hugo Ruben Hern\u00e1ndez. Al ir a preguntar a la Divisi\u00f3n de Ej\u00e9rcito I, a Hern\u00e1ndez le entregaron un papel donde se se\u00f1alaba que indicaba el lugar de detenci\u00f3n de Brieba: \u201cEdificio 300 SID Rambla\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Hern\u00e1ndez fue a la rambla y busco la direcci\u00f3n, no la encontr\u00f3, entonces se present\u00f3 al Comando General del Ej\u00e9rcito con una carta dirigida al teniente general Vadora, denunciando la detenci\u00f3n de Brieba y su madre y el robo de dinero y muebles.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta presencia de Hern\u00e1ndez, gener\u00f3 un informe de un agente de inteligencia de la dictadura, que la fiscal\u00eda incorpora como elemento probatorio: \u201cLa ubicaci\u00f3n y actividades de la \u201cBase 300\u201d en la actualidad son mantenidas en secreto por el Ej\u00e9rcito, por lo que debe haber existido una fuga no autorizada de informaci\u00f3n. El ciudadano puede no haber comprendido la situaci\u00f3n, pero recuerda bien el n\u00famero y la vinculaci\u00f3n con el SID\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El dictamen fiscal se\u00f1ala que Brieba, de 38 a\u00f1os de edad, fue secuestrado y llevado en primera instancia al centro clandestino de \u201c300 Carlos R\u201d o \u201cInfierno Chico\u201d, situado en una casa de Punta Gorda y luego trasladado al \u201c300 Carlos\u201d o \u201cInfierno Grande\u201d en los galpones del Servicio de Material y Armamento situados en el 13 de Infanter\u00eda. All\u00ed \u201cal igual que ocurri\u00f3 con los restantes detenidos de la Operaci\u00f3n Morgan fue objeto de aberrantes tormentos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El dictamen recoge que, en el informe de la Comisi\u00f3n para la Paz, conformada por el gobierno de Jorge Batlle, se reconoce que Brieba estuvo en el \u201cInfierno Grande\u201d y se fija como fecha de su deceso el 4 de noviembre de 1975, \u201cal caer al vac\u00edo del segundo piso del edificio, hall\u00e1ndose esposado y con los ojos vendados\u201d. En el Informe del Comandante en Jefe del Ej\u00e9rcito, dirigido al presidente Tabar\u00e9 V\u00e1zquez, del 8 de agosto de 2005, se reconoce que Brieba fue detenido por el OCOA y tambi\u00e9n se afirma que falleci\u00f3 en \u201clos primeros d\u00edas de noviembre de 1975\u201d en el \u201c300 Carlos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Los responsables<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El dictamen fiscal indica que, de profusa documentaci\u00f3n, entre la que destaca el Informe del Equipo de Investigaci\u00f3n Hist\u00f3rica de la Secretaria de DDHH de Presidencia de la Rep\u00fablica, los citados informes de la Comisi\u00f3n para la Paz y del Comandante del Ej\u00e9rcito y \u201cprueba documental y pericial\u201d, \u201cno queda duda que la detenci\u00f3n de Brieba se enmarc\u00f3 dentro de la Operaci\u00f3n Morgan y fue llevada a la pr\u00e1ctica por el OCOA\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, se establece que los responsables son quienes eran los jefes del OCOA y quienes desempe\u00f1aban tareas en \u00e9l. El dictamen fiscal nombra a el general Esteban Cristi, entonces Jefe de la Divisi\u00f3n de Ej\u00e9rcito I (fallecido); el entonces coronel Julio C. Gonz\u00e1lez Arrondo, segundo comandante y a cargo del OCOA (fallecido); el teniente coronel Manuel Calvo (fallecido); e mayor Victorino V\u00e1zquez (fallecido) y el mayor Juan A. Lezama (fallecido), todos con jerarqu\u00edas en el OCOA.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n el entones mayor Ernesto Avelino Ramas Pereira, Jefe de Operaciones del OCOA, que es uno de los imputados. Tambi\u00e9n son acusados los \u201coficiales operativos\u201d del OCOA, que son los que realizaron los operativos, detenciones, secuestros, interrogatorios y torturas de cientos de militantes del PCU y la UJC en el marco de la Operaci\u00f3n Morgan, entre ellos Brieba.<\/p>\n\n\n\n<p>Por eso son imputados \u201clos capitanes Omar Ra\u00fal Lacasa Antelo, Rubely Pereyra y Rudyard Scioscia y los tenientes Jos\u00e9 Luis Parisi Alegre, Antraning Ohannessian Ohannian y Julio Tabarez (fallecido).<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfDe d\u00f3nde salen estos nombres? De testimonios y de varios documentos militares que la Fiscal\u00eda aporta como prueba.<\/p>\n\n\n\n<p>En particular una, una carta de felicitaci\u00f3n del general Esteban Cristi, jefe de la Divisi\u00f3n de Ej\u00e9rcito I, con fecha 7 de abril de 1976, donde destaca la labor en la Operaci\u00f3n Morgan de un grupo de militares, con nombre y apellido, todos los citados.<\/p>\n\n\n\n<p>La carta de Cristi, incluida en el dictamen fiscal, dice textualmente: \u201cEl Comandante de la Divisi\u00f3n siente la satisfacci\u00f3n de destacar la fecunda y silenciosa labor de los Se\u00f1ores Jefes, Oficiales y Personal Subalterno que en el desarrollo de recientes operaciones antisubversivas, han logrado un \u00e9xito tan rotundo con los resultados que ya han pasado a dominio p\u00fablico. La guerra que sin tregua el enemigo nos impone, obliga a una dedicaci\u00f3n valerosa y sin pausas, que no admite descansos ni dilaciones. Por ello este Comando hace llegar su reconocimiento y felicitaciones a aquellos que con su ejemplo honroso de integridad, profundo esp\u00edritu de sacrificio, amor al servicio y muy alto concepto de la responsabilidad de sus jerarqu\u00edas, vienen desarrollando dicha labor con tanto \u00e9xito, particularmente los se\u00f1ores teniente coronel Manuel Calvo, teniente coronel Henry Saralegui, mayores Ernesto Ramas, Victorino V\u00e1zquez, Juan Lezama, capitanes Omar Lacasa, Rubely Pereyra, Rudydard Sciosia y tenientes Julio Tabarez, Jorge Silveira, Antraning Ohannessian, Jos\u00e9 Parisi lo que descuenta es seguramente la imagen del esp\u00edritu que anima a todos los integrantes de esta Divisi\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta carta de Cristi, adem\u00e1s del horror fascista que expresa, dado que felicita por torturar, violar, asesinar y desaparecer a cientos de militantes contra la dictadura, en particular del PCU y la UJC, es un documento demoledor de prueba de la participaci\u00f3n de los imputados.<\/p>\n\n\n\n<p>Los imputados, en las audiencias del caso por el secuestro y la desaparici\u00f3n de Brieba, van desde la negaci\u00f3n total, incluso diciendo que no conoc\u00edan la existencia del OCOA, ni del 300 Carlos, a aceptar que participaron, cuando no les queda m\u00e1s remedio ante los documentos, pero diciendo que sus tareas eran \u201csolo administrativas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de la carta de felicitaci\u00f3n de Cristi, que no se refiere a ninguna labor administrativa, la Fiscal\u00eda basa su acusaci\u00f3n en varias pruebas documentales. Una declaraci\u00f3n del coronel Jorge \u201cPajarito\u201d Silveira, en otra causa, en la que reconoce su participaci\u00f3n en el OCOA, la existencia del \u201c300 Carlos\u201d y nombra tambi\u00e9n a varios de los imputados como participantes en los operativos.<\/p>\n\n\n\n<p>Son fundamentales las anotaciones y felicitaciones que varios de los imputados tienen en sus legajos personales, por su participaci\u00f3n y \u201centusiasmo\u201d en los \u201cinterrogatorios\u201d, eufemismo de tortura, del OCOA en las fechas de la Operaci\u00f3n Morgan.<\/p>\n\n\n\n<p>El dictamen fiscal documenta la acusaci\u00f3n en cada caso. Sobre Ramas, ya condenado por otros delitos de lesa humanidad, dice que era el Jefe de Operaciones del OCOA y en su legajo constan varias menciones que lo vinculan con la Operaci\u00f3n Morgan y \u201cpor ende a la desaparici\u00f3n de Brieba\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre Scioscia, que dijo que hac\u00eda tareas administrativas y que no hab\u00eda escuchado hablar del \u201c300 Carlos\u201d, la Fiscal\u00eda se\u00f1ala 7 anotaciones en su legajo personal de oficiales, entre ellos el coronel Gonz\u00e1lez Arrondo y el mayor Victorino V\u00e1zquez, destacando la participaci\u00f3n de Scioscia en operativos, detenciones y muy particularmente en interrogatorios. En una nota de del 27 de junio de 1976, V\u00e1zquez destaca, que \u201cel se\u00f1or capit\u00e1n\u201d participa en detenciones y que \u201cno escatima esfuerzos y sacrifica horas de descanso y licencia, en colaborar en la obtenci\u00f3n de la informaci\u00f3n\u201d. En nota del 3 de marzo de 1976, Arrondo destaca que \u201cen el desempe\u00f1o de sus funciones como integrante del OCOA, en la fecha, como lo hace regularmente ,durante la noche y la madrugada interroga a personas capturadas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Rubely Pereira, dijo cumplir funciones administrativas en el OCOA, neg\u00f3 participar en interrogatorios y dijo que \u201c ni sab\u00eda que hab\u00eda detenidos\u201d. La Fiscal\u00eda aporta 6 anotaciones en su legajo con felicitaciones de superiores por participar en detenciones y en interrogatorios. En un anota del 22 de mayo de 1975, el mayor V\u00e1zquez se\u00f1ala sobre Pereira: \u201cTranscurren m\u00e1s de 48 horas y este se\u00f1or oficial ha permanecido sin descanso, trabajando en obtener informaci\u00f3n necesaria, para desbaratar otro brote subversivo surgido en nuestro pa\u00eds, luego de tomar parte activa en la detenci\u00f3n de sus principales integrantes\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Omara Lacasa, acept\u00f3 que particip\u00f3 del OCOA, pero en tareas administrativas. En su legajo personal hay 6 anotaciones y felicitaciones que lo vinculan con detenciones e interrogatorios. En una nota del 5 de enero de 1976, Gonz\u00e1lez Arrondo establece sobre Lacasa \u201ctrabaja intensa y prolongadamente durante la noche y la madrugada, interrogando a detenidos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Jos\u00e9 Luis Parisi, tambi\u00e9n dijo hacer tareas administrativas. Cuatro anotaciones de su legajo personal lo desmienten. En nota de fecha 7 de febrero de 1976, Gonz\u00e1lez Arrondo, destaca la participaci\u00f3n de Parisi en \u201coperativos para detectar y capturar personas\u201d y agrega que \u201cpone de manifiesto esp\u00edritu de trabajo, valor, resistencia f\u00edsica y mental\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Antraning Ohannessian, admiti\u00f3 trabajar en el OCOA, pero tambi\u00e9n en cosas administrativas. En su legajo hay al menos 5 anotaciones que lo desmienten. En nota del 3 de enero de 1976 se destaca: \u201ctrabaja intensa y prolongadamente en interrogatorios a detenidos\u201d. Y en otra nota, nada menos que del 22 de noviembre de 1975, es decir pocos d\u00edas despu\u00e9s de la detenci\u00f3n y tortura de Brieba, se se\u00f1ala: \u201cEn la lucha emprendida contra el clandestino Partido Comunista este se\u00f1or oficial ha tenido una destacada actuaci\u00f3n participando activamente en todas las acciones. El que anota pudo constatar que trabaj\u00f3 d\u00edas enteros en forma continuada\u201d. La nota est\u00e1 firmada por Ramas.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La acusaci\u00f3n<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>En el pedido de procesamiento, Perciballe no duda en establecer que \u201clos hechos descriptos se encuadran di\u00e1fanamente en la figura prevista en el art\u00edculo 21 de la Ley 18.026\u201d, se refiere a la Desaparici\u00f3n Forzada y a la tipificaci\u00f3n como delito de lesa humanidad.<\/p>\n\n\n\n<p>No obstante \u201cen la etapa procesal\u201d que se encuentra el caso se pronuncia por tomar en cuenta \u201clos tipos penales de la \u00e9poca\u201d. El fiscal indica que \u201cexisten elementos de convicci\u00f3n suficientes\u201d para sostener que los imputados se encuentran incurso en un delito de homicidio muy especialmente agravado en calidad de co-autores.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cHabida cuenta que, en su condici\u00f3n de oficiales de OCOA formaban parte del equipo que operaba en el centro clandestino \u201c300 Carlos\u201d, donde Juan Manuel Brieba fue sometido a tormentos Torturas que a la saz\u00f3n derivaron en su muerte. Muerte que se produjo a partir de la detenci\u00f3n ilegal\u201d, se\u00f1ala la fiscal\u00eda,<\/p>\n\n\n\n<p>La fiscal\u00eda pide el procesamiento de los imputados y el cierre de fronteras \u201cpara los que se encuentren en libertad\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Seg\u00fan inform\u00f3 este viernes el periodista Gabriel Mazzarovich, falta solo una audiencia donde declare uno de los seis imputados para lograr justicia para el trabajador de EL POPULAR y militante&hellip; <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":6580,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-6579","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6579","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6579"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6579\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6581,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6579\/revisions\/6581"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/6580"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6579"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6579"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.utmides.org.uy\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6579"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}